ASADIPRE VALORA POSITIVAMENTE LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO

ASADIPRE VALORA POSITIVAMENTE LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO RATIFICANDO LA DECISIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE SUPRIMIR DOS UNIDADES CONCERTADAS POR NO COMPLETAR LA RATIO.

El Tribunal Supremo (TS) en dos sentencias dictadas esta semana, ha dado la razón a la Junta de Andalucía al considerar que existió causa para justificar la no renovación de una unidad educativa a dos colegios religiosos de Montilla (Córdoba) y Palma del Condado (Huelva), ya que en ambos casos el descenso demográfico había incidido en una reducción de solicitudes. 

En estas dos sentencias la Sala ha aplicado la misma doctrina que ha mantenido desde hace doce años, es decir, que la disminución del número de alumnos es razón bastante para reducir, en el siguiente curso, las unidades previstas.

Para ASADIPRE (Asociación Andaluza de Directoras y Directores de los Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria y Residencias Escolares) supone un espaldarazo a las demandas que, desde hace varios años, viene reclamando a la Consejería de Educación, pues hasta ahora el descenso de la población escolar únicamente ha sido asumido por la Red Escolar Pública mediante la supresión de numerosas unidades.

Recientemente, ASADIPRE ha elaborado un manifiesto de apoyo a la Red Escolar Pública de Andalucía, junto con ADIAN (Asociación de Directores y Directoras de IES de Andalucía) y la CODAPA (Confederación de Asociaciones de Madres y Padres de Andalucía). Manifiesto respaldado por numerosos ayuntamientos, sindicatos, grupos políticos y otros colectivos en el que se insta a la Consejería de Educación a que muestre firmeza en la toma de decisiones a favor del mantenimiento de la Red Escolar Pública en aquellas ciudades donde la disminución de la natalidad es más acusada y en las que históricamente las escuelas pertenecientes a esta red han sido las únicas que han soportado la reducción poblacional escolar lo que ha supuesto, en numerosos casos, el paulatino cierre de colegios públicos y de varias líneas educativas en muchos de ellos.

Dichas sentencias, a juicio de ASADIPRE, “rompen” por fin con el “blindaje normativo” con el que hasta ahora contaban los colegios concertados, amparados en una supuesta mayor, pero cuestionable, demanda social que los públicos, lo que les suponía hasta ahora estar en una situación de ventaja y desigualdad a la hora de decidir sobre qué tipo de unidades habría que suprimir, cuando la bajada de natalidad debería afectar a los dos tipos de redes escolares: la pública y la privada concertada.

Para ASADIPRE el dictamen de estas dos sentencias, que sientan jurisprudencia, supone que a partir de ahora la Consejería tiene la posibilidad de decidir, si tiene la voluntad necesaria, la no renovación de conciertos educativos en aquellos centros escolares que no cubran las vacantes iniciales, algo que hasta ahora sólo ocurría en colegios de titularidad pública, y así poder repartir de una forma más justa y equitativa la disminución de unidades.

Córdoba,  2 de junio de 2016

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